Los propietarios tienen el deber de conservar y rehabilitar las edificaciones de su popiedad para mantenerlos en condiciones de uso efectivo y adecuado, tal y como establece la Ley de Ordenación de la Edificación así como la Ley del Suelo de Galicia. El nuevo Real Decreto Ley establece unos parámetros de obligado cumplimiento para realizar la inspección técnica. Así, el propietario es responsable de encargar la ITE y abonar las tasas y honorarios que corresponden, y en caso necesario, las obras de reparación.
En edificios colectivos, la obligación recae sobre los órganos de la comunidad (Presidente, Secretario, etc..), para solicitar la Inspección Técnica del Edificio.
El Real Decreto Ley 8/2011 establece la OBLIGATORIEDAD para edificios, vivendas, etc.. construídos antes del año 1962 (50 años), en los términos municipales de Ribeira y Vilagarcía de Arousa.
Aparte, con carácter especial, podemos realizar las ITE en el resto de municipios, como Marín, Pontevedra, Santiago, Ames, etc..
El CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA es obligatorio, desde el día 1 de junio de 2013, para poder vender o alquilar cualquier vivienda, en cualquier término municipal del Estado.